Inscripción de Matrimonio Canónico en Alicante

    Guía para inscribir tu matrimonio religioso católico en el Registro Civil de Alicante y que tenga plenos efectos civiles.

    ¿Qué es?

    La inscripción del matrimonio canónico es el trámite mediante el cual un matrimonio celebrado según el rito de la Iglesia Católica adquiere plenos efectos civiles en España. Aunque el matrimonio canónico es válido desde su celebración religiosa, la inscripción en el Registro Civil es necesaria para que produzca efectos frente a terceros y para obtener el Libro de Familia y demás documentación oficial.

    Información importante

    En España existe un sistema de reconocimiento de efectos civiles al matrimonio canónico desde los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede de 1979. La parroquia donde se celebra el matrimonio es responsable de enviar la certificación eclesiástica al Registro Civil, pero los contrayentes deben verificar que la inscripción se haya realizado correctamente.

    Requisitos y documentación necesaria

    • Certificación eclesiástica del matrimonio expedida por la parroquia
    • DNI o NIE de ambos contrayentes
    • Certificado de nacimiento literal de ambos (si se solicita para expediente previo)
    • Fe de vida y estado (si se requiere expediente previo)
    • En caso de divorciados: sentencia de nulidad canónica o divorcio civil
    • Certificado de defunción del cónyuge anterior (en caso de viudos)

    Procedimiento paso a paso

    1. 1Celebración del matrimonio canónico en la parroquia
    2. 2La parroquia expide la certificación eclesiástica del matrimonio
    3. 3El párroco remite la certificación al Registro Civil competente
    4. 4El Registro Civil recibe y verifica la documentación
    5. 5Se practica la inscripción del matrimonio en el Registro Civil
    6. 6Los contrayentes pueden solicitar el Libro de Familia
    7. 7Verificar que la inscripción se ha realizado correctamente

    Consejos útiles

    • Verifique con la parroquia que han enviado la documentación al Registro Civil
    • El plazo para la inscripción es de 5 días desde la celebración
    • Si la parroquia no envía la documentación, puede presentarla usted mismo
    • Solicite el Libro de Familia una vez inscrito el matrimonio
    • Compruebe que todos los datos están correctos en la inscripción

    Preguntas frecuentes

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